Por lo que indicas se puede hacer 2 cosas:
A continuación te detallo el caso de Administración Directa para registrar la obra desde cero:
En el caso de administración directa, menor cuantía donde el apoderado es el titular de obra y es el contratista es decir contrata a los trabajadores directamente. Todo mediante personerías fisicas.
Ud. es el apoderado, el titular y al contratar a los obreros el contratista.
Por ende, los pasos a seguir son.
1) Se registra como Apoderado en el sistema, una vez que obtenga la calve de acceso por email, ingrese al sistema.
2) Registra una empresa constructora/contratista como persona física y tipo de documento Cedula_UY, y luego ingresa sus datos, ya que como comente anteriormente, ud. sera el contratista.
3) Registra un poder, donde la identificación del Representado sera su cedula, y en tipo de identificación Cedula_UY. (Aquí el poder puede ser cualquier recibo o documento en donde conste sus datos y la dirección de la obra)
4) Registra un titular, con sus propios datos, persona fisica, tipo de documento Cedula_UY, ya que ud. sera el titular.
5) Registra la obra, según el tipo en cuestión, y el decreto por el cual se ampara.
6) Una vez creada accede a la pestaña vinculaciones de dicha obra, allí ud arrastra el icono titular y se selecciona ud. mismo, arrastra el icono constructora y se selecciona ud. mismo
Al clickear en aceptar cambios, el sistema vinculara automáticamente a ud. como apoderado y el correspondiente poder (si realizo los pasos en otro orden, o el sistema no agrega el apoderado y poder automáticamente, deberá arrastrarlos Ud. mismo de forma manual)
Luego al cerrar esta ventana, deberá poder obtener la constancia provisoria para la inscripción en el BPS.
En el caso de que la obra ya esta registrada por otra empresa constructora, le podrían pedir a esta empresa (que ya registro la obra) que vincule a la misma al titular como empresa constructora y como apoderado También.